TRÁMITES

Información, documentación y pasos a seguir sobre trámites. 

Enfermedad profesional (disfonía)

Destinatario

Docente que cumpla funciones frente a alumnos.

Requisitos contemplados en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24557, Resolución 37/2010, en donde el tratamiento y la licencia será canalizada por ART provincia:

Para que la denuncia por posible enfermedad profesional – disfonía pueda ser analizada, el/la docente deberá:

    •  Contar con 13,5 horas reloj o 18 horas cátedra frente a alumnos.
    •  Presentar patología vocal de índole profesional.
    •  Contar con examen preocupacional con resultado APTO con preexistencia.
    •  Desempeñar un cargo que implique exposición vocal frente a alumnos durante al menos los últimos 6 meses del ciclo lectivo.
    • Presentar certificado médico de especialidad ORL con diagnóstico de disfonía o certificado de aptitud psicofísica NO APTO por ORL-FONO.

Las denuncias de los docentes a la ART por enfermedad profesional (disfonía) sólo serán analizadas cuando:

    • Presente certificado médico de especialidad ORL con diagnóstico de Disfonía o presente certificado de aptitud psicofísica NO APTO por ORL-FONO

¿Qué se necesita?

Para llevar a cabo el trámite, deberá adjuntar:

    • Certificado médico de especialista en Otorrinolaringología (ORL) con diagnóstico.
    • Psicofísico preocupacional o de primera vez.
    • Último examen psicofísico vigente
    • Estudios médicos complementarios tales como rinofibrolaringoscopia u otros, en caso de contar con ellos.

Procedimiento

    1. El/la docente deberá iniciar el trámite a través de “Mendoza Por Mi” (MxM), completando el formulario correspondiente a Enfermedad Profesional – Disfonía
    2. Adjuntar la documentación digitalizada detallada en los requisitos.
    3. Generada la presentación, el trámite será remitido para la intervención del Superior Jerárquico.
    4. SeAM tomará conocimiento y recabará la información necesaria, entre ella datos personales, teléfono, correo electrónico, tiempo en el cargo, pluriempleo, recalificación, licencias, cargo, horas y antecedentes psicofísicos.
    5. SeAM remitirá dicha información a la Coordinación de ART – Gobierno.
    6. El/la docente será informado/a del turno correspondiente con especialista mediante SMS, WhatsApp o correo electrónico directamente por la Coordinación de ART– Gobierno / ART Provincia.
    7. Podrá consultar paso a paso la guía del trámite desde Wiki GEI.

Resultados posibles del trámite

    1. Se acepta la denuncia como enfermedad profesional, si la patología es determinada como de carácter laboral, la situación será canalizada mediante ART Provincia.
    2. Se dictamina como patología no laboral o inculpable (incompatibilidad laboral transitoria no profesional), el/la docente deberá canalizar sus inasistencias a través de Salud Ocupacional (Art. 40), conforme la normativa vigente.
    3. No se acredita enfermedad profesional, si se determina la inexistencia de patología (en denuncias derivadas por CPS NO APTO), si al realizar los estudios correspondientes (como rinofibrolaringoscopia) el médico auditor de ART Gobierno determina la inexistencia de patología que lo amerite, le otorgará al/a la agente un certificado por 24 horas. Posteriormente, el/la agente recibirá vía correo (MxM) la certificación del SEAM con el ALTA (Art. 44), debiendo reintegrarse a sus funciones al día hábil siguiente a la espera de la emisión del APTO en su certificado psicofísico..