Establecerá pautas de actuación y tramitación de cumplimiento obligatorio para todas aquellas dependencias de esta Dirección General de Escuelas, procurado en todas las instancias contribuir a remover los obstáculos reinantes referidos a estereotipos sociales, que impidan alcanzar la igualdad real, mediante disposiciones que constituyan deberes que tiendan a garantizar la diversidad de géneros e identidades, y la paridad efectiva entre mujeres y varones.
Asesorará, dictaminará y tramitará, asuntos relativos a Licencia art. 50 bis " target="_blank" rel="noopener">“Ley de Identidad de Género”, Nº 26.743.
Aprobará, Coordinará y Realizará capacitaciones dirigidas a personal, docente y no docente de la Dirección General de Escuelas, en asuntos relativos a género, tales como, identidad de género, violencia de género, etc.
Interactuará de forma activa, con otras Áreas de Género del ámbito provincial, nacional, municipal, gremiales, sindicales y ONG`S, a fin de nutrir la normativa con legislación comparada mediante resoluciones de situaciones fácticas, así como también, mediante la suscripción de Convenios de Colaboración Mutua, con otros organismos y/o actores de la vida civil.
Establecerá lineamientos transversales unívocos de actuación a las distintas Dependencias y/o Delegaciones, bajo la órbita de esta Dirección General de Escuelas, relativos a la temática específica, los que tendrán carácter de obligatorios.
Participará en las negociaciones de índole no salarial, que se lleven a cabo entre la Dirección General de Escuelas y Sindicatos, Gremios y otros organismos, en asuntos relativos a género.
Dará cumplimiento al deber legal contenido en arts. 18 y 24 de la Ley Nº 26.485, en virtud del cual los/as funcionarios/as públicos, deben realizar la denuncia correspondiente ante las autoridades judiciales, siguiendo los lineamientos de la citada Ley, previo aviso al denunciante, y respetando la autonomía de la voluntad de la persona violentada.
Realizará propuestas de protocolos para el abordaje de los distintos temas bajo su competencia, las que se someterán a criterio de aprobación e implementación de la máxima autoridad escolar de esta Dirección General de Escuelas.