Pregunta
Pregunta
¿Cuál es el procedimiento que debe realizar la escuela en caso de presunción o evidencia de situaciones de trata de personas?
Destinatario
Docente, Directivo
Respuesta
Respuesta
¿Qué es la trata de personas?
La Ley Nacional N° 26.364 “Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas”, Art. 3° define a la Trata de Menores como: el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior, la acogida o la recepción de personas menores de 18 años de edad con fines de explotación.
Acciones sugeridas:
- Llamar al número 0800 800 TRATA (0800 800 87282) donde se reciben las denuncias telefónicas, en forma gratuita y confidencial.
- Informar en forma inmediata a Supervisión.
- Registrar los hechos y actuaciones institucionales en las actas correspondientes.
- Realizar el seguimiento de la trayectoria escolar del alumno.
Área de contacto
Escuela primaria: Equipo DOAITE de la Sección.
Escuela secundaria: Servicio de Orientación de la escuela.
Destinatario
Docente, Directivo, Secretario,
Materiales de referencia
- " target="_blank"> Decreto Nº 1187/2018 “Procedimiento de actuación para situaciones compatibles con abuso sexual y/o maltrato de niños, niñas y adolescentes”
- " target="_blank"> Anexo 1 del Decreto Nº 1187/2018 “Procedimiento de actuación para situaciones compatibles con abuso sexual y/o maltrato de niños, niñas y adolescentes”
- Ley Provincial N° 9054 "Defensor del Docente"
- Ley Nacional N° 26.364 "Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas"