Los docentes beneficiados deben ingresar en el aplicativo para concretar el pago, tanto los que llegaron a una instancia judicial como los que están en una instancia administrativa.
La Dirección General de Escuelas informa que continúa el acceso al Aplicativo Acuerdo zona con el instructivo donde se explican los pasos a seguir para la cancelación de la deuda sobre el ítem zona.
Ingreso Aplicativo
El primer paso a realizar es ingresar el CUIL donde aparecerá un detalle del cobro a recibir. Es muy importante destacar que hasta el momento se encuentran cargadas 130 escuelas y durante el mes de abril se culminará con la carga completa.
Los docentes deberán firmar frente a un director, un acuerdo de conformidad por cada escuela donde deban cobrar el ítem zona y deberán presentarlo en cualquier establecimiento educativo estatal. Los directores serán preparados a partir del lunes para realizar la carga de este acuerdo de conformidad en el GEM y presentarlo además en la delegación correspondiente.
Además los docentes beneficiados deberán informar al momento de aceptar si son jubilados o cobran asignaciones universales, este punto es muy importante a tener en cuenta.
Este paso deberán realizarlo todos los docentes, tanto los que están en una instancia judicial como los que están en una instancia administrativa.
Impuesto a las ganancias: para tener en cuenta
Se debe recordar que, si la liquidación supera los montos máximos establecidos por la Ley del Impuesto a las Ganancias se realizarán las retenciones correspondientes, exceptuando a quienes tramiten la opción del Artículo 18 Inciso b de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Para adherirse a la opción deberá presentar una nota en la oficina de Auditoría y Control de la Legalidad, ubicada en Casa de Gobierno Ala Este 3° Piso.
Descargar Nota opción Art. 18, inciso b, ley de Impuesto a las Ganancias
En caso de que el beneficiario haya fallecido, el acuerdo deberá ser presentado en la Subsecretaría de Administración (o en las delegaciones) firmado por el administrador de la sucesión, adjuntando:
- El auto de apertura de la sucesión
- Designación del administrador de la sucesión
- Declaratoria de herederos
Fuente: Prensa DGE