TRÁMITES

Información, documentación y pasos a seguir sobre trámites

Licencia por Adopción Art. 54- Ley 5811

Destinatario

Docente y No Docente de la DGE cualquiera sea su situación de revista (titular, suplente, interino).

¿Qué se necesita? (Requisitos Obligatorios)

Para llevar a cabo la gestión y validación de esta licencia, el agente deberá adjuntar de forma digitalizada en formato PDF:

    1. Copia legible de la Guarda de Adopción: Testimonio o resolución judicial original emanada por el Tribunal de Familia correspondiente donde se otorgue formalmente la guarda con fines de adopción.

Procedimiento

    1. Ingreso a la Plataforma: Acceda con sus credenciales de usuario a la plataforma unificada Mendoza por Mí (MxM) a través del enlace oficial: https://mxm.mendoza.gov.ar/.
    2. Inicio del Trámite: Seleccione la opción correspondiente al Artículo 54 (Maternidad/Adopción), complete el formulario electrónico con sus datos personales y de revista escolar, y adjunte el archivo PDF de la guarda judicial.
    3. Procesamiento: El SEAM tomará conocimiento del trámite, auditará la documentación y registrará la licencia en el sistema para resguardar la justificación de sus inasistencias y la continuidad en la liquidación de sus haberes.
Normativa