Información, documentación y pasos a seguir sobre trámites
Cambio de Art. 40 a Art. 44
Destinatario
Docente - No Docente
¿Qué se necesita?
El cambio de artículo 40 a 44, se realiza en el caso del agente que por accidente de trabajo o enfermedad profesional (disfonía) tiene licencias por art. 40 y recibe el Dictamen de SRT como favorable. Para llevarlo a cabo se necesita:
Nota dirigida a la Coordinación con datos personales y de contacto.
Copia del Alta de ART Provincia
Copia de Dictamen de la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo).
Licencias otorgadas en Junta Médica por artículo 40 desde el inicio hasta el alta y/o pase a ART.
Procedimiento
Para solicitar el cambio debe enviar la documentación arriba detallada al correo: auditorialaboraldep@mendoza.edu.ar.