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Carina Lourdes Gannam

Directora de Acompañamiento Escolar
Rioja 535 – Ciudad. Tel. 423-1473
C. P. 5500 – Mza.
dge-dae@mendoza.edu.ar

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Directora de Acompañamiento Escolar
Rioja 535 – C. P. 5500 – Mza.
Tel. 423-1473
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Principios y fundamentos jurídicos de la intervención

Los principios que se detallan a continuación encuentran su base y sustento en el interés superior del Niño que se constituye en la pauta de resolución prioritaria respecto de toda decisión que se adopte en temas en los que se encuentren involucrados. Es decir, intervenir siempre conforme a lo que mejor resguarde sus intereses.

1. PRIORIDAD DE LA PREVENCIÓN

En todas las acciones concernientes al tema de violencia en el entorno escolar, deben prevalecer las acciones de prevención por
encima de las acciones de represión y sanción.
La escuela logra desarrollarse como ente preventivo y protector sólo en la medida en que reconozca la existencia y dimensión de la violencia en la escuela y que exista una clara disposición y voluntad de abordar el tema, como parte de la cultura educativa.

2. DEBER DE CONOCER PARA PROTEGER

Proteger los derechos de los NNyA, teniendo en cuenta el principio de interés superior, lo que obliga a conocer los derechos
garantizados, efectivizar su cumplimiento e interponer acciones administrativas o judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de los mismos.

3. RESPONSABILIDAD FAMILIAR

“La familia es responsable en forma prioritaria de asegurar a los NNyA el disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y
garantías”. Por ello, frente a situaciones de violencia, se debe …….

Normativa

Decreto Nº 1187/2018

Procedimiento de actuación para situaciones compatibles con abuso sexual y/o maltrato de niños, niñas y adolescentes

Anexos del Decreto Nº 1187/2018

Formulario de Acta y Guía de Procedimientos ante situaciones emergentes en las escuelas

Ley Provincial N° 9054

Defensor del Docente