La Educación Domiciliaria comprende la atención educativa de los alumnos que se encuentren en reposo domiciliario por atravesar una situación de enfermedad que les impide concurrir a una escuela, iniciando o continuando la escolaridad obligatoria. El hogar de cada alumno se constituye en un aula escolar domiciliaria, donde el docente llevará a cabo su escolarización.
La Educación Hospitalaria comprenden la atención educativa de los estudiantes que se encuentran internados en los efectores de salud tanto públicos como privados, iniciando o continuando la escolarización obligatoria.
Ningún alumno perderá su condición de alumno regular en su escuela de origen mientras sea escolarizado por el servicio educativo domiciliario y hospitalario .
¿Quiénes pueden requerir el servicio educativo domiciliario y hospitalario?
Todos aquellos alumnos regulares de instituciones educativas de Nivel Inicial, Primario Común, Especial y Secundario de gestión estatal o privada que por su situación de enfermedad, no pueden concurrir regularmente al establecimiento escolar.
Quiénes somos
Equipo de trabajo
Normativa
Resoluciones/ circulares para Nivel Primario
Nómina de Escuelas
Primarias y Secundarias
Materiales de interés
Requisitos de ingreso
Implementación del servicio educativo domiciliario y hospitalario
En la Provincia de Mendoza el Servicio Educativo Domiciliario y Hospitalario se implementa a través de Escuelas Domiciliarias, Escuelas Hospitalarias y Escuelas Referentes de todos los niveles obligatorios del Sistema Educativo. Estas instituciones son designadas por la Dirección General de Escuelas para organizar y administrar el servicio educativo, ante la solicitud realizada por la escuela de origen del alumno.
NIVEL INICIAL Y PRIMARIO COMÚN Y ESPECIAL
Documentación requerida para acceder al servicio educativo y que formará parte del legajo del alumno
- Memorándum 42-SE-19 Formularios de Ingresos a Servicio Domiciliario.
- Fotocopia del DNI del estudiante.
- Certificado de alumno regular de la Escuela de Origen.
- Fotocopia de la libreta de calificaciones de las notas del año en curso.
- Calificaciones parciales si tuviese.
NIVEL SECUNDARIO
Documentación requerida para acceder al servicio educativo y que formará parte del legajo del alumno
- Pautas de organización pedagógica 2019.
- Alumno regular de escuela secundaria con prescripción médica de internación o reposo domiciliario por un período de treinta (30) días o más.
- Nota de los padres o tutor al Directivo de la escuela de origen solicitando formalmente el Servicio Educativo Domiciliario y Hospitalario y comprometiendo la presencia de un adulto responsable durante el horario de desarrollo de la clase.
- Presentar la documentación requerida por la escuela de origen para abrir el legajo del alumno que incluye, formularios de solicitud, fotocopia del DNI, certificado médico con patología, tratamiento, tiempo de internación o reposo, dirección de efector de salud o domicilio del alumno, estructura curricular del año que cursa e informe de situación académica del servicio de orientación de la escuela con aspectos personales y contextuales.