Bonificación por nacimiento de hijo / Salario Familiar
Destinatario
Docente, No Docente
Modalidad
Virtual
Tipo de trámite
Trámite personal
¿Qué se necesita?
¿Qué se necesita?
La bonificación se abona a uno solo de los padres, por única vez.
Para llevar a cabo el trámite se necesita:
- Declaración jurada de salario familiar, completa y firmada por el jefe inmediato superior.
- Copia de la partida de nacimiento.
- Situación laboral del otro progenitor que figure en el acta de nacimiento, donde conste que éste no ha percibido dicha bonificación, ni asignaciones familiares. La Certificación Negativa de Anses, se descarga desde www.anses.gob.ar con el CUIL del progenitor que no es agente del Gobierno de Mendoza. El período debe abarcar los últimos 6 meses. En el caso que el nacimiento haya sido en una fecha anterior, debe solicitar en Anses una constancia donde indiquen que no ha percibido Bonificación por Nacimiento.
Si el otro progenitor presta servicios en el Gobierno de Mendoza (que no sea DGE), debe solicitar ante su Ministerio un Certificado de Pluricobertura donde indiquen que no ha percibido Bonificación por Nacimiento ni Salario Familiar.
Si el mismo trabaja en DGE, solo debe indicarlo en la declaración jurada de salario familiar.
VIUDAS QUE PERCIBEN PENSIÓN: constancia de ANSES que acredite la no percepción de salario familiar por ningún concepto y copia del bono de sueldo.
SEPARACIÓN DE HECHO O DIVORCIO VINCULAR: Tenencia o acuerdo de mediación judicial por los menores a cargo. - Certificado de escolaridad de los hijos mayores de 4 años y hasta los 21 años.
- Copia del CUD (Certificado Único de Discapacidad, en caso de corresponder).
En el caso de hijos mayores de 18 años con CUD, el Certificado de Soltería.
Procedimiento
Procedimiento
1- Presentar la documentación arriba detallada para el trámite de salario familiar a los 30 días del ingreso. Para Bonificación por Nacimiento tiene un plazo de 2 años para solicitarlo. El Salario Familiar no tiene retroactivo.
- Ventanilla Única de Gobierno:
- Ingresando al formulario de solicitud de trámite en: Cargar Formulario
- A través de la App 148.
- En forma presencial en los box de atención de Ventanilla Única, ubicada en el ala oeste de Casa de Gobierno, solicitando turno con antelación en: Turnos para atención presencial.
2- Por el mismo medio se le indica en qué mes percibirá la bonificación y/ó el salario familiar por hijo.
La asignación por hijo se abonará hasta que el mismo cumpla 21 años.
Entre los 15 y 21 años solo cobrará la asignación si el hijo es alumno regular de escuela oficial u oficialmente fiscalizada.
La planilla de escolaridad es complemento de la Declaración Jurada, la sola presentación de la misma no es suficiente para la percepción de asignaciones familiares.
Área de contacto
Área/oficina: Salario Familiar
Días y horarios de atención: todo trámite, consulta y reclamo, por ventanilla única.
Materiales de referencia
Declaración Jurada de Salario Familiar
Ley 7377 Asignaciones Familiares y sus modificatorias la Ley 7439 y Ley 7732
¿Cuánto tiempo aproximado lleva el trámite hasta su finalización?
Se percibe junto con los haberes correspondientes al mes siguiente a la presentación. Si es titular, al mes calendario siguiente; si es suplente, a los dos meses.