Multan a padres de alumnos que consumieron alcohol en un festejo previo al inicio de clases

UPD_multan a padres_Seguridad_02Deberán pagar hasta 68 mil pesos por infringir el artículo 86 del código contravencional por no cuidar a sus hijos ni evitar que consuman bebidas alcohólicas.

Más de 20 padres de alumnos de quinto año de un colegio de San Martín fueron castigados porque sus hijos fueron encontrados consumiendo alcohol en un festejo denominado Último Primer Día de Clases.

El argumento por el cual los sancionaron fue que infringieron el artículo 86 del Código Contravencional por no cuidar a sus hijos ni evitar que consuman bebidas alcohólicas. Ahora deberán pagar cada uno multas que van de $ 34.000 a $ 68.000.UPD_multan a padres_Seguridad_01

Además, el responsable del salón de fiestas también fue multado por no haber evitado el consumo de alcohol de los menores.

El subsecretario de Relaciones Instituciones de la cartera de Seguridad, Néstor Majul, manifestó que en este caso se aplicó el artículo 86 del nuevo Código Contravencional por omisión al cuidado y se sancionó con multas de 2.000 y 4.000 unidades fijas, que son aproximadamente entre 40.000 y 70.000 pesos. Además, pueden recibir otro castigo, dependiendo el criterio del juez, que es realizar trabajo comunitario en el área de diversión nocturna.

Desde la DGE, la Subsecretaría de Educación emitió el Memorándum 18-SE-2020, que recordaba la vigencia de lo establecido por el " target="_blank">Decreto 1187-2018, “Guía de procedimientos ante situaciones emergentes en las Escuelas del Nivel Secundario y sus Modalidades”, sobre los aspectos a tener en cuenta para posibles casos de intoxicación, cómo actuar durante y posteriormente en pos de la contención y cuidado de los alumnos.

En diciembre de 2018 comenzó a regir en nuestra provincia el nuevo Código Contravencial, que se convirtió en ley en octubre del mismo año.

Esta norma establece castigos que incluyen desde arresto de 1 hasta 90 días; multa desde 100  hasta 9.000 UF, trabajo comunitario de 4 hasta 80 días, decomiso, inhabilitación, clausura y obligaciones de conducta para aquellas infracciones que no tienen el alcance de delitos para el Código Penal.

 Fuente: Ministerio de Seguridad


 

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