La " target="_blank" rel="noopener">Ley Nº 26.150 de ESI establece el derecho a recibir Educación Sexual Integral en los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada.
La Dirección General de Escuelas, a través de la Dirección de Orientación y Apoyo Interdisciplinario a las Trayectorias Escolares (DOAITE), y el Programa Provincial de Educación Sexual Integral proporcionan algunos aportes vinculados a la importancia de trabajar ESI en todas las escuelas de la provincia de Mendoza.
Se define la educación sexual integral como “aquella que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales y éticos, dando espacio a esta dimensión inseparable de la subjetividad que es la sexualidad”, a partir de reconocer la perspectiva de género, respetar la diversidad; valorar la afectividad; ejercer nuestros derechos, y cuidar el cuerpo y la salud.
Materiales de interés
" target="_blank" rel="noopener">Ley Nº 26.150
Establécese que todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. Creación y Objetivos de dicho Programa.
Sancionada: Octubre 4 de 2006
Promulgada: Octubre 23 de 2006