La Dirección General de Escuelas dispuso las precisiones para que estudiantes de Mendoza reciban el apoyo que les permita continuar con sus trayectorias escolares con total normalidad.
La Dirección General de Escuelas, a través de la Subdirección de Políticas Socioeducativas, de Dirección de Orientación y Apoyo Interdisciplinario a las Trayectorias Escolares (DOAITE), dejó establecidos los requisitos para que alumnos de la provincia de Mendoza, con medidas de protección de derechos y/o en conflicto con la ley penal o pertenecientes a pueblos originarios, puedan acceder a Becas de apoyo que les posibilite continuar con sus trayectorias escolares con total normalidad.
Apoyo para la escolaridad de estudiantes con medidas de protección de derechos y/o en conflicto con la Ley Penal
Este beneficio se encuentra destinado a niños, niñas, adolescentes y jóvenes de entre 3 (al 30 de junio)y 18 años de edad (al 31 de diciembre). Las medidas de protección se enmarcan en la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de Niños/as y Adolescentes, y sus correspondientes en cada jurisdicción.
Se contemplan:
a) Niños/as y adolescentes con medida de protección de derechos establecidas por los organismos competentes. Se incluyen: niños/as y adolescentes viviendo en hogares, con guarda transitoria o familia sustituta, etc. Se consideran, a su vez, medidas judiciales para su protección ante situaciones de violencia, abusos, etc. No se incluyen los juicios por tenencia ni cuota alimentaria
b) Adolescentes en conflicto con la Ley Penal, institucionalizados o no. Se consideran las distintas medidas socioeducativas hasta la privación de libertad, dictadas por los distintos fueros de la justicia de cada jurisdicción.
Los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
– Ser alumno regular en el año lectivo de solicitud de la beca.
– Poseer documento nacional de identidad argentino.
– No percibir otra beca estudiantil similar.
– Un adulto responsable para la firma de la solicitud y el cobro de la beca. En el caso de los alumnos que se encuentran residiendo en alguna institución, generalmente el adulto responsable es una autoridad de la misma. En este caso, posteriormente al cobro de la beca, se completará el acta adjunta donde conste el destino de los fondos (Un acta por alumno). El acta deberá ser elevada al área de Becas de la Jurisdicción dentro de los 180 días posteriores al cobro.
– El directivo de la escuela a la que asiste el alumno refrendará el formulario de solicitud de beca, confirmando así la condición regular del mismo.
Cabe destacar, además, que es necesario acreditar la medida de protección dictada por el organismo correspondiente o la intervención judicial en materia penal. La misma debe estar en vigencia al momento de la solicitud de la beca. La documentación puede consistir en la resolución del organismo interviniente en niñez y adolescencia, un informe del organismo donde confirma su intervención en la situación del alumno. También puede adjuntarse un oficio del juzgado, o un informe social que dé cuenta de las medidas de protección de derecho o de la intervención judicial, etc.
Para obtener mayor información sobre formulario de Beca, constancias que deben adjuntarse, carga de formulario, monto y cobro de la Beca, y destino de los fondos, se encuentra disponible a pie de nota la Circular N° 013.
Apoyo para la escolaridad de alumnos de pueblos originarios
Los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a- Poseer documento nacional de identidad argentino.
b- Tener hasta 18 años de edad (cumplidos al 31 de diciembre del año en curso).
c- Necesidad de apoyo económico para continuar y/o finalizar sus estudios.
d- Cursar regularmente el último año de la escuela primaria o estudios de Nivel Secundario o equivalentes en establecimientos de gestión estatal pública o privada. En este último caso, deben ser de oferta única y no cobrar cuota.
e- No recibir otra beca de carácter similar.
Para obtener mayor información sobre formulario de Beca, constancias que deben adjuntarse, carga de formulario, monto y cobro de la Beca, y destino de los fondos, se encuentra disponible a pie de nota la Circular N° 012.
Este año, dada la situación actual de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, con motivo de la pandemia por COVID-19, el o la estudiantes que haya sido becado/a en 2019 por este Programa, y continúe con la condición de regular, se le renovará automáticamente la beca desde la Subdirección de Políticas Socioeducativa.
Ante cualquier duda o consulta, comunicarse con Angelina Maselli y Soledad Santacroce, ambas referentes del Programa, a mendozabecas@gmail.com/.
" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Circular 012
" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Circular 013
Fuente: Prensa DGE